Desde el 17 de mayo de 2025, todas las empresas del sector químico en España deberán contratar un seguro obligatorio para la industria química de accidentes para sus trabajadores. Esta obligación, establecida en el artículo 77 bis del XXI Convenio Colectivo de la Industria Química, no es opcional y puede acarrear sanciones si no se cumple.
Si tu empresa forma parte de la industria química, sigue leyendo porque aquí te explicamos qué cubre el seguro, qué empresas están afectadas y cómo contratarlo sin complicaciones.
¿Qué es el seguro obligatorio para la industria química?
Es un seguro de accidentes obligatorio que deben contratar las empresas químicas para proteger a sus empleados en caso de accidente grave. Este seguro garantiza una indemnización mínima de 20.000 euros en los siguientes casos:
⚠️ Fecha límite: 17 de mayo de 2025 (tres meses después de la publicación en el BOE: 17 de febrero de 2025)
⚠️ A tener en cuenta: Si tu empresa ya tiene un seguro de accidentes, es aconsejable revisarlo.
¿Qué empresas están obligadas a contratar este seguro?
Si tu empresa pertenece al sector químico, debe cumplir con esta normativa. La obligación no solo afecta a fábricas de productos químicos básicos, sino también a otras actividades relacionadas.
Listado completo de actividades afectadas por el seguro obligatorio para empresas de la industria química:
Producción y transformación de sustancias químicas
- Ácidos, álcalis y sales
- Metaloides y transformación de silicio
- Gases industriales y medicinales
- Electroquímica
- Fertilizantes
- Plaguicidas
- Petroquímica y derivados
- Carboquímica y derivados
Materiales industriales y procesos químicos
- Caucho y derivados (materias primas y transformados)
- Plásticos (materias primas y transformados, incluyendo fibras de vidrio y materiales compuestos)
- Adhesivos
- Derivados de algas
- Destilación de resinas naturales y derivados
- Destilación de alquitranes, asfaltos y derivados impermeabilizantes
- Ceras, parafinas y derivados
Productos específicos y especialidades químicas
- Ácidos orgánicos y derivados
- Alcoholes y derivados
- Hidratos de carbono
- Colorantes y pigmentos
- Curtientes
- Aceites y grasas industriales
- Materias explosivas, pólvora, fósforos y pirotecnia
Industria farmacéutica y química aplicada
- Productos farmacéuticos
- Productos zoosanitarios
- Pinturas, tintas y barnices
- Material fotográfico sensible y revelado industrial
- Detergentes de uso doméstico e industrial
- Productos de conservación y limpieza
- Lejías
Mayoristas y otras actividades relacionadas
- Mayoristas de productos químicos y especialidades químicas
- Empresas cuya actividad principal sea la industria química
- Subcontratistas de empresas químicas
📣 Importante: Si tu empresa realiza alguna de estas actividades, tienes la obligación de contratar el seguro obligatorio para la industria química de accidentes. No importa si la empresa es de otro país, si opera en España, debe cumplir con la norma.
⚠️ ¿Por qué es importante cumplir con esta normativa?
El sector químico es uno de los más exigentes en términos de seguridad laboral, con riesgos elevados debido a la manipulación de sustancias tóxicas, explosivas e inflamables.
Tener un seguro obligatorio para la industria química de accidentes no solo es una exigencia legal, sino que también es una garantía de protección para los empleados y la empresa.
Consecuencias de no cumplir con la norma:
- Multas y sanciones económicas por incumplimiento legal.
- Responsabilidad financiera en caso de accidente, asumiendo la empresa las indemnizaciones.
- Pérdida de reputación y confianza ante clientes, proveedores y empleados.
- Cumplir con la normativa evita problemas legales, refuerza la seguridad y mejora la imagen de la empresa.
¿Cómo contratar el seguro de accidentes obligatorio para la industria química?
Si aún no tienes contratado este seguro o necesitas asegurarte de que tu póliza cumple con la normativa, sigue estos pasos:
1. Revisa tu póliza actual para comprobar si cubre al menos 20.000 € por trabajador en los casos exigidos.
2. Contacta con nosotros.
3. Formaliza el seguro antes del 17 de mayo de 2025 para evitar sanciones.
No esperes a que ocurra una tragedia para darte cuenta de que tu edificio está mal asegurado. Si mañana hay un incendio o una inundación en tu comunidad, ¿puedes estar seguro de que tu póliza cubrirá todo o tendrás que pagar de tu bolsillo?
👉 No arriesgues la seguridad de tu empresa. Cumple con la normativa HOY.
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