¿Sabías que en España hay más de 80.000 centros de estética?
Si eres propietario o propietaria de uno de ellos, sigue leyendo porque hoy te contamos qué seguro necesitas para proteger tu negocio.
* ¿Es obligatorio contratar un seguro para mi negocio?
* ¿Por qué debo contratar un seguro para mi gabinete de estética?
* ¿Qué seguro debo contratar para mi centro de estética?
* El seguro específico de centros de estética que hemos desarrollado en Bravo y Cía
¿Es obligatorio contratar un seguro para mi negocio?
Los daños a terceros que causes como consecuencia de tu actividad comercial diaria, debes subsanarlos tú. Además, esta responsabilidad civil está regulada por cada municipio y suele ser una condición obligatoria para que te concedan la licencia de apertura de tu negocio.
Si contratas un seguro adecuado a la actividad que desarrollas, reducirás el impacto económico que cualquier imprevisto pueda provocar en tu negocio. El pago de una indemnización a un cliente o arreglar los desperfectos que ha provocado una inundación; podría ocasionar el cierre de tu empresa si no contrataste una póliza que te cubra esos riesgos.
Si estás al frente de cualquier negocio, no te la juegues con seguros baratos de los que no entiendes la letra pequeña; acude a un corredor de seguros y te buscará la mejor opción del mercado, con las coberturas que necesitas para proteger tu actividad diaria.
¿Por qué debo contratar un seguro para mi gabinete de estética?
El objetivo de contratar la póliza adecuada es asegurarte la tranquilidad de que cuentas con un respaldo que, llegado el momento de sufrir un siniestro o una reclamación por una mala praxis, pueda ayudarte a resolver esa situación sin que tu negocio se vea afectado.
No existe un seguro específico para centros de estética, pero te ayudamos a encontrar las coberturas concretas que cubrirán los accidentes e imprevistos más comunes de tu día a día.
Piensa que si no cuentas con las coberturas adecuadas, las indemnizaciones o reparaciones de posibles accidentes deberás asumirlas tú. Y hacer frente a una reclamación por una lesión que hayas causado a un cliente, como por ejemplo una quemadura con la depilación láser, te saldrá mucho más caro que contratar un seguro.
A la hora de abrir tu centro de estética piensa también en la mejor forma de proteger tu inversión contratando el seguro adecuado.
Que te resuelva la reposición de una máquina tras una subida de tensión, una inundación por rotura de tuberías o una reclamación de una clienta por un accidente laboral.
¿Qué seguro debo contratar para mi centro de estética?
Al no existir una póliza específica, los centros de belleza suelen contratar un seguro de comercio, que cubre:
- Protección del contenido y continente frente a daños por incendio, inundación, daños eléctricos, fenómenos atmosféricos y rotura de cristales, principalmente. Si el local es alquilado, tú sólo tendrías que asegurar tu contenido, ya que el dueño del local debe asumir la protección del continente.
- Responsabilidad civil del local por daños a terceros y la responsabilidad civil al desempeñar la actividad laboral de estética. Estaría incluida la indemnización y defensa jurídica.
Éstas serían las coberturas básicas con las que debes contar el primer día que abras las puertas de tu negocio. Pero un seguro específico para tu centro de estética, debe tener en cuenta los incidentes que se puedan ocasionar como consecuencia de los tratamientos que realices con láser, la depilación, la fotodepilación, la micropigmentación, la dermoabrasión, la eliminación de manchas…
El seguro específico para centros de estética que desde Bravo y Cía Correduría de Seguros te proponemos incluye:
- Seguro Multirriesgo:
- Explosión y Caída de Rayo.
- Riesgos complementarios.
- Actos Vandálicos.
- Fenómenos atmosféricos. Inundación y Desembarre.
- Derrame de agua y otros líquidos. Daños por agua.
- Restauración Estética
- Robo, expoliación y desperfectos.
- Roturas de lunas, cristales y rótulos.
- Daños eléctricos.
- Perdida de Beneficio.- Indemnización diaria.
- Responsabilidad Civil Actividad:
- Actuación del asegurado y sus socios como titulares de la explotación asegurada.
- Actuación del personal al servicio del asegurado, directivos, dependientes y asalariados, en el desempeño de su trabajo al servicio del establecimiento asegurado.
- Rótulos, letreros o carteles propios instalados dentro del establecimiento o fachada.
- La utilización de maquinaria y combustible necesarios para la actividad.
- Almacenamiento, tratamiento y transporte de las materias y mercancías objeto del proceso.
- Daños a terceros causados por incendio, explosión y agua.
- La realización de trabajos fuera del comercio.
- Responsabilidad Civil Patronal para tener cubiertas las posibles reclamaciones que tus empleados te interpongan como consecuencia de un accidente laboral.
- Responsabilidad Civil Productos/Postrabajos, que te protegerá ante demandas de tus clientes por daños materiales como consecuencia de alguna reacción a tus productos, tratamientos o servicios.
- Responsabilidad Civil Locativa, que cubre los daños que tú provoques derivados de tu actividad sobre el local que tienes alquilado.
- Seguro Avería de maquinaria móvil: se trata de unas coberturas específicas que seguramente no te habían contado hasta ahora:
- Impericia, negligencia y actos malintencionados del personal del Asegurado o de extraños.
- La acción directa de la energía eléctrica como resultado de cortocircuitos, arcos voltaicos, sobretensiones, falta de aislamiento y otros efectos similares, así como la debida a perturbaciones eléctricas consecuentes a la caída de rayo.
- Errores de diseño, fabricación o montaje, defectos de fundición, de material de construcción, de mano de obra y empleo de materiales defectuosos, cuando hayan expirado las correspondientes garantías. 100%.
- Robo, atraco y secuelas materiales de estos actos.
- Incendio, humo, hollín, gases corrosivos, chamuscamiento, caída del rayo, explosión, así como los producidos con motivo de la extinción de incendios, derribos, evacuaciones o traslados, como consecuencia de dichos hechos.
- Caídas, impacto, colisión, así como obstrucción y entrada de cuerpos extraños.
- Defectos de engrase, aflojamiento de piezas, esfuerzos anormales y autocalentamiento.
- Fallo en los dispositivos de regulación.
- Acción del agua y humedad.
- Cualquier otra causa no excluida expresamente en póliza, siempre que ésta sea accidental, súbita e imprevista.
En Bravo y Cía Correduría de Seguros te asesoramos de forma gratuita y te diseñamos un seguro adaptado a tu centro de estética que te garantizará la protección total de tu negocio.
Si quieres proteger tu negocio con el seguro de centros de estética más completo del mercado, sólo tienes que ponerte en contacto con nosotros.
El mejor seguro, en Bravo y Cía Correduría de Seguros.
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