El plazo para presentar la declaración de la RENTA 2021 ya ha empezado como bien sabrás; y aunque rendir cuentas a Hacienda es algo que no nos gusta demasiado, si lo planificas con antelación y tienes a tu alcance buenos consejos, podrás conseguir unas mejores condiciones para que no te salga a pagar. En este blog te queremos ayudar a ahorrarte algunos euros y te hablamos sobre qué seguros puedes incluir en tu Renta.
Lo primero a tener en cuenta es si eres trabajador por cuenta ajena o por cuenta propia. Y en base a esto, veamos los dos tipos de contribuyentes que puedes ser:
Caso 1: trabajador por cuenta ajena.
Si tienes un piso en propiedad, podrás desgravarte los seguros de Hogar y de Vida siempre que estén vinculados a una hipoteca, que debe estar firmada antes de enero de 2013. Si estás dentro de estos supuestos, se te aplicará una deducción del 15% en la hipoteca y los seguros, hasta un límite de 9.040€.
Siguiendo con este supuesto, si en tu nómina se incluyera un seguro de Salud Colectivo, podrías desgravarte la cantidad correspondiente de tu salario, ya que no se considera rendimiento del trabajo; y por lo tanto estarías exento de tributar dicha cuantía.
Además, si tuvieses una segunda propiedad alquilada a una tercera persona, podrías deducirte un porcentaje del seguro de Hogar y del de mantenimiento de la caldera; o hasta un 100% del de Impago de Alquiler. Estas condiciones varían de una Comunidad Autónoma a otra, así que consulta con tu asesor financiero para que puedas aprovechar todas las posibilidades.
Caso 2: trabajador autónomo.
Si eres trabajador por cuenta propia, éstos son los seguros que puedes incluir en tu declaración de la RENTA para reducir la presión fiscal:
- De Responsabilidad Civil: te puedes desgravar hasta un 100% si tus coberturas están especializadas en protegerte durante el desarrollo de tu actividad profesional.
- De Salud: se puede incluir como un gasto deducible no sólo tu cuota sino también la de tu cónyuge o hijos menores de 25 años que vivan contigo; hasta un máximo de 500€/persona o 1.500€/persona con discapacidad reconocida; en total 4.500€ por hogar.
- De Vida: inclúyelo en tu declaración para deducirte hasta 500€ por año sobre la base imponible.
- De Autos: siempre y cuando utilices estos vehículos exclusivamente para llevar a cabo tu actividad; como en el caso de transportes de mercancías o personas, tractores, etc.
- Otros seguros relacionados con la actividad como el de daños en las mercancías, de robo, incendio, averías, seguros para los empleados… tenlos en cuenta para conseguir una deducción íntegra de la prima.
- De Hogar: sólo es deducible si tu hogar está reflejado como domicilio fiscal de tu actividad. Y se calculará la parte proporcional de la vivienda que se destina a tal fin.
Para evitar sorpresas de última hora, lo ideal es tener una buena previsión fiscal y contratar productos que reduzcan la base general. Un buen ejemplo son los Planes de Pensiones, que podemos ajustar las aportaciones a los máximos deducibles que nos permite la Ley. En 2021 el máximo era de 2.000€ en el plan personal y 8.000€ para que las empresas aporten a sus trabajadores. Incluso podrías sumar las dos cantidades y deducirte hasta 10.000€. Y si estás pensando en realizar una inversión, acredita el gasto para deducirlo dentro de tu actividad.
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